PREMIAMOS TU FIDELIDAD

OBJETO DEL CONCURSO:

El Club Atlético Vélez Sarsfield Asoc. Civil, constituyendo domicilio legal en Av. Juan B. Justo 9200 CABA, realiza esta promoción que tendrá vigencia en la República Argentina (el “Territorio”), del 21 de agosto de 2018 al 31 de octubre de 2018 (la “Vigencia de la Promoción”), la cual quedará sujeta a las siguientes bases y condiciones (las “Bases”)

BASES Y CONDICIONES

  1. El “Organizador” premiará mediante sorteo a LOS PARTICPANTES que reúnan los siguientes requisitos: i) sean personas físicas mayores de 18 años de edad y capaces, ii) residan en el Territorio y; iii) cumplan con la totalidad de los requisitos de participación establecidos en las presentes Bases (el/los “Participante/s”); iv) asociados con más de tres años de antigüedad ininterrumpida; v) los abonados a plateas para el torneo Superliga Argentina 2018/2019 cuentan con doble chance
    1. No podrán participar en la Promoción las personas jurídicas, personas físicas menores de 18 años ni domiciliadas fuera del Territorio, miembros de comisión directiva del organizador y miembros de las agencias publicitarias involucradas en esta Promoción, sus cónyuges y/o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
  2. FORMA DE PARTICIPACION

    Las personas interesadas en participar de esta promoción “Premiamos tu fidelidad” de Socios del Club Atlético Vélez Sarsfield Asoc. Civil, mayores de 18 años, con una antigüedad mayor a los tres años ininterrumpidamente y de cualquier categoría de socios, cuyas cuotas sociales permanezcan al día y sin mora durante la vigencia establecida. Serán descalificados y quedarán excluidos de la Promoción los Participantes que no cumplan con todos los requisitos exigidos de manera precedente y/o quienes no completen todos los Datos, como así también quienes no los completen correctamente. MODOS NO ADMITIDOS DE PARTICIPACIÓN: El derecho a participar sólo podrá obtenerse durante el Período de Participación. No se aceptará ningún otro método de participación que no sea el descripto anteriormente. El Organizador no será responsable por pérdidas de información, interrupciones o incapacidades de la red, servidor, fallas en las transmisiones de las líneas telefónicas o fallas técnicas, sean ellas provenientes de un error de tipo humano, mecánico o electrónico que pudieren afectar la participación en la promoción o la recepción de la comunicación a los ganadores.

  3. SORTEO

    El Sorteo del Premio indicado en el punto 5 se llevará a cabo el 14 de septiembre de 2018 en la Av. Juan B. Justo 9200 Ciudad de Buenos Aires (el “Sorteo”), en el cual mediante la utilización de un programa de software operado por el Organizador (“Software”), y ante escribano público, se elegirá al azar UN (1) Participante quien, siempre que haya cumplido correctamente con los requisitos de participación establecidos en las presentes Bases para la Promoción, será potencial ganador del Premio (el “Potencial Ganador del Premio”). Al momento del Sorteo se labrará el acta respectiva en la cual se procederá a individualizar al Potencial Ganador del Premio que resultó elegido al azar.

  4. GANADOR

    Será ganador aquél que fuera sorteado al azar entre todos los participantes. El método utilizado será el del sitio “random.org”, mediante el siguiente mecanismo. Según informe emitido por el departamento de sistemas y socios del Organizador se listarán todos los participantes identificados con su número de socio nombre y apellido en una planilla asignándole a cada participante un numero en forma ascendente. Previa certificación del Escribano Interviniente, del citado listado se ingresará al sitio random.org y se procederá a la elección al azar de un numero mediante el cliqueo en el botón True Random Number Generator. El primero será el ganador y los cuatro (4) restantes serán considerados suplentes bajo el mismo sistema y esquema.

  5. PREMIO

    El premio consiste en un único Premio consistente en UN (1) Smart TV 49 pulgadas FULL HD - Marca: Hitachi - modelo: CDH-LE49SMART14 - origen: Argentina. El sorteo cuyo premio es el televisor antes descripto es organizado en forma exclusiva por el Club Atlético Vélez Sarsfield resultando absoluto responsable de las condiciones del mismo. Asimismo, dicha Institución es responsable de la entrega en tiempo y forma conforme a las condiciones del sorteo del producto antes detallado, Radio Victoria Fueguina S.A. CUIT 30-58481198-2, domicilio legal Teniente General Juan D. Perón 2825 – CABA.

  6. CONDICIÓN PARA LA ASIGNACIÓN DEL PREMIO

    Es condición de las personas participantes cumplir con la totalidad de los requisitos y obligaciones establecidas en estas Bases y Condiciones, de no ser así quedarán descalificadas. Como condición para la asignación del premio, el participante que hubiera sido favorecido potencial ganador, deberá presentar, al momento de retirar el premio, su documento de identidad en el que conste los datos utilizados para participar.

  7. NOTIFICACIÓN

    Los participantes que resulten potenciales ganadores serán notificados de su condición de potencial ganador vía llamado telefónico o correo electrónico a los datos obrantes en la base de datos del Club y/o sistema de socio de EL CLUB.

  8. RETIRO DEL PREMIO

    El premio puesto en juego en esta promoción, no podrá ser intercambiado por su valor en dinero ni por cualquier otra mercadería, entendiéndose que el premio será intransferible, tampoco podrá ser vendido y es para el uso personal del Ganador. El Televisor será entregado al Ganador a partir del día siguiente del sorteo en fecha 14 de septiembre en el horario a convenir entre las partes. El ganador deberá retirar su premio por el domicilio del Club Atlético Vélez Sarsfield Av. Juan B Justo 9200 CABA hasta 15 días corridos de haber sido notificado el ganador. Será a cargo del ganador todo impuesto que deba tributarse sobre el premio establecido y toda suma de dinero que deba abonarse por cualquier concepto al estado nacional, sociedades del estado, provincias y/o municipalidades con motivo de la organización de la promoción y/o del ofrecimiento del premio y el Organizador podrá condicionar la entrega del premio a la acreditación por el ganador del pago de esos conceptos9. La probabilidad de ganar el premio dependerá en cada caso de la cantidad de participantes en la Promoción, teniendo en cuenta la totalidad de los participantes dentro de los cuales, el ganador accederá al premio mediante el sorteo, por lo que no es posible su determinación exacta al momento de publicar estas Bases. No obstante, ello, y en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se ha realizado un cálculo estimativo tomando a modo de ejemplo que si participan DOSCIENTAS (200) personas en la Promoción, la probabilidad de ganar un Premio en el sorteo de la promoción “Premiamos tu fidelidad” será de 01 en 200 la probabilidad.

  9. El Organizador no otorga garantía de calidad, evicción, vicios ocultos, funcionamiento, ni ninguna otra con relación al producto sorteado, debiendo dirigirse por cualquier reclamo a sus vendedores, fabricantes, importadores y/o prestador de servicios ni será responsable de daños o perjuicios que sufrieren los ganadores o terceros, en sus personas o bienes, debido a o en ocasión de la utilización del premio y/o con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del premio. Asimismo, el Organizador limita su ámbito de responsabilidad a la organización integral del presente entretenimiento y a la entrega del premio, conforme los términos de estas Bases y Condiciones, deslindando toda otra responsabilidad no prevista expresamente en estas Bases y Condiciones, en especial por la suspensión, cancelación y/o modificación del evento.

  10. El Organizador se reserva el derecho a realizar la acción publicitaria, de prensa, promoción, publicación y difusión que considere conveniente del Ganador de la presente Promoción. Con la sola participación en la Promoción, los Ganadores prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus Nombres y Tipo y Nº de Documento e Imágenes (foto y voz) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 1071 bis del Código Civil, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del artículo 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3, inc. h) de la Ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Ganadores no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente por ende los ganadores autorizarán al organizador y al auspiciante a difundir sus nombres, documentos, domicilio, voces e imágenes y los de sus familiares, con fines comerciales, en los medios y formas que el Organizador disponga, y a que los datos registrados para participar de la promoción integren una base de datos que podrá ser utilizada por el organizador y el auspiciante, sin derecho de compensación alguna, hasta transcurridos tres años del comienzo de la promoción.

  11. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o que constituyan casos fortuitos o de fuerza mayor determinen la necesidad de suspender el Sorteo, dicha situación será comunicada a todos los Participantes, en la misma forma establecida en la propuesta y con indicación de la fecha de realización del nuevo Sorteo.

  12. La responsabilidad del Organizador, por todo concepto finaliza con la puesta a disposición del Ganador del Premio correspondiente y, de ninguna manera, continúa en relación. El Organizador no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir el Ganador en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la adjudicación del Premio. El Organizador no será responsable por consecuencias originadas por problemas en la transmisión de datos, pérdida de mails enviados, problemas en las comunicaciones o de cualquier otra índole. Los participantes serán responsables del contenido de todos los documentos enviados, así como del costo del envío y de los impuestos que sean aplicables o toda suma de dinero que les sea abonada en concepto de adjudicación de Premios.

  13. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N º 25.326. Los Participantes podrán requerir que dicha información les sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido. A tales efectos deberán comunicarse con el Departamento de Socios en el domicilio del Organizador de Lunes a viernes de 17:00 a 20:00 hs.

  14. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de control de la Ley N.º 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. El registro y participación en la Promoción implicará el otorgamiento por parte del Participante, del consentimiento previsto en los artículos 5° y 11° de la Ley 25.326.

  15. Estas Bases podrán ser consultadas en el domicilio del Organizador Av. Juan B. Justo 9200 1er Piso C.A.B.A. o en la página Web: http://www.velezsarsfield.com.ar/ledhitachi.

  16. De conformidad con la reglamentación vigente al momento de entrar en vigencia estas Bases, para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promoción, los participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios Civiles con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.